Si tu empresa fabrica, distribuye o recibe insumos químicos, solventes, gases, corrosivos o cualquier producto clasificado como peligroso, hay una realidad que conviene tener clara: el marco normativo mexicano para transportar estos materiales se renovó casi por completo entre 2022 y 2024, y muchas operaciones siguen trabajando con referencias que ya no existen.
No es un detalle menor. Las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) que rigen el transporte de materiales peligrosos son de observancia obligatoria para el expedidor, el transportista y el destinatario — cada uno dentro de su esfera de responsabilidad. Citar una norma cancelada en tus procedimientos, o exigirle a tu proveedor una especificación que ya fue sustituida, es señal de que la matriz legal de la operación necesita una actualización.
Aquí está el mapa completo, al día.
Primero, lo básico: ¿quién regula esto?
El transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos en México se rige por el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos y por un conjunto de NOMs emitidas por la SICT (antes SCT), varias de ellas ahora en coordinación con la Secretaría de Marina (SEMAR) y la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) — de ahí las nuevas claves tipo "SCT-SEMAR-ARTF".
Todo el sistema mexicano está alineado a la Reglamentación Modelo de la ONU (el famoso "Libro Naranja"), el mismo tronco del que derivan el ADR europeo y el Código IMDG marítimo. Por eso las clases de riesgo, los números UN y los grupos de embalaje son un lenguaje universal.
El mapa de NOMs vigentes en 2026
NOM | Qué regula | Estado |
|---|---|---|
NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023 | El listado maestro de substancias y materiales peligrosos, con instrucciones de envase y embalaje | Nueva — vigente desde febrero 2024, sustituyó a la NOM-002-SCT/2011 |
NOM-003-SCT/2008 | Etiquetas de envases y embalajes | Vigente |
NOM-004-SCT/2008 | Identificación de unidades (los carteles con rombo y número UN que ves en carretera) | Vigente |
NOM-005-SCT/2008 | Información de emergencia que debe viajar con la carga (hoja de emergencia o GRE) | Vigente |
NOM-006-SCT-2-2023 | Revisión ocular diaria de la unidad, con bitácora | Nueva — sustituyó a la versión 2011 e involucra ahora al expedidor en la bitácora |
NOM-007-SCT-2-2022 | Construcción, marcado UN y ensayos de embalajes, RIG y grandes embalajes | Nueva — vigente desde mayo 2023 |
NOM-009-SCT2/2009 | Clase 1: explosivos | Vigente |
NOM-010-SCT2/2009 | Compatibilidad y segregación de cargas | Vigente |
NOM-011-SCT2/2012 y NOM-011-1-SCT-2-2022 | Cantidades limitadas y cantidades exceptuadas | Vigentes (la 011-1 es nueva, de 2022) |
NOM-019-SCT2/2015 | Limpieza y control de remanentes en las unidades | Vigente |
NOM-020-SCT-2-2022 | Autotanques: diseño, construcción y pruebas (especificaciones SICT 406/407/412) | Nueva — sustituyó las especificaciones SCT 306/307/312 |
NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023 | El Documento de Transporte de mercancías peligrosas | Nueva — publicada en mayo 2024, sustituyó al "documento de embarque" de 2003 |
Ojo con las cuatro marcadas como nuevas: son las que más procedimientos internos dejaron obsoletos.
Los 4 cambios que más impactan tu operación
1. Cambió el listado maestro (NOM-002). La NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023 es la referencia para clasificar cualquier material peligroso, y sus claves alimentan directamente el catálogo de material peligroso de la Carta Porte. Si tu sistema de facturación o tus procedimientos citan la versión 2011, hay trabajo pendiente.
2. La revisión de la unidad ya también es asunto del expedidor (NOM-006). La versión 2023 de la norma establece que el expedidor participa en la emisión de la bitácora de revisión ocular. Traducción: la condición del camión que se lleva tu carga dejó de ser responsabilidad exclusiva del transportista. Si embarcas materiales peligrosos, te toca verificar.
3. El "documento de embarque" ya no existe: ahora es el Documento de Transporte (NOM-043). La nueva norma se alineó a la Reglamentación Modelo de la ONU y trae una mejora práctica enorme: admite la transmisión electrónica de datos como alternativa al papel. También obliga al expedidor a conservar copia por un mínimo de tres meses.
4. Los embalajes necesitan marcado UN certificado (NOM-007). Tambores, IBCs y grandes embalajes deben superar ensayos de caída, estanqueidad, presión interna, apilamiento y vibración para portar la clave UN — y solo laboratorios acreditados con validación de la SICT pueden respaldar ese marcado. Un embalaje sin marcado vigente es un embarque detenible.
¿Y las cantidades pequeñas? El error más común
Existe la idea de que si transportas "poquito" — muestras, productos terminados con algún componente peligroso — el marco no aplica. Es parcialmente falso. Las cantidades limitadas (NOM-011) y las cantidades exceptuadas (NOM-011-1) tienen esquemas simplificados, pero nunca quedan exentas de la clasificación correcta ni de la capacitación del conductor (licencia federal tipo E). Ese matiz ha sorprendido a más de una empresa en una verificación en carretera.
Qué debe demostrarte tu transportista
Si contratas transporte de materiales peligrosos, esta es la lista mínima que un proveedor serio puede enseñarte sin titubear:
Conductores con licencia federal tipo E vigente y constancia de capacitación
Bitácoras de revisión ocular al día (NOM-006-2023)
Unidades identificadas conforme a la NOM-004 y, en autotanques, especificación SICT 406/407/412
Hoja de emergencia o GRE 2024 a bordo de cada unidad (NOM-005)
Procedimiento de segregación de cargas incompatibles (NOM-010)
Certificados de limpieza de remanentes cuando aplique (NOM-019) — un tanque "vacío" sin limpiar sigue siendo carga peligrosa
En Control Terrestre, este nivel de cumplimiento es la base de nuestro servicio de carga especializada, que incluye el manejo de materiales peligrosos con protocolos reforzados, y de nuestra operación de transporte en pipas para líquidos a granel.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas NOMs aplican al transporte de materiales peligrosos en México? El núcleo son unas 13-15 NOMs de la SICT (más las específicas por clase de riesgo, como peróxidos orgánicos o substancias infecciosas), articuladas por el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. No es una sola norma: es un sistema.
¿Qué NOM sustituyó a la NOM-002-SCT/2011? La NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023, vigente desde el 16 de febrero de 2024.
¿El documento de embarque sigue siendo válido? El formato cambió: desde la entrada en vigor de la NOM-043-SCT-SEMAR-ARTF-2023, el documento se denomina Documento de Transporte y puede emitirse electrónicamente. Es distinto y complementario a la Carta Porte del SAT — necesitas ambos.
¿Qué pasa si mi carga es de clase 1 (explosivos) o clase 7 (radiactivos)? Además de las NOMs de la SICT, requieren autorización de la SEDENA (explosivos) o de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (radiactivos).
¿Mueves materiales peligrosos y quieres una operación que cumpla este marco de punta a punta? Cotiza tu embarque de carga especializada o llámanos al 800 002 6875.






